Detención de Danna Yanina “N” abre fase clave del caso Dafne

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Por Agustín Peña Cruz | NoticiasPC.com.mx |

Ciudad Altamira, Tamps.- La detención de una adolescente identificada como Danna Yanina “N” marcó el inicio de una nueva etapa judicial en la investigación por el presunto feminicidio de Dafne, un caso que ha generado atención pública y una intensa discusión en redes sociales. Este jueves, en la audiencia inicial celebrada ante un juez de control, la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Sistema DIF de Ciudad Madero acudió como representante coadyuvante para vigilar que el proceso se desarrollara con pleno respeto a los derechos de las personas menores de edad involucradas.

Antonia de Jesús Cuervo Torres, representante de la Procuraduría del DIF Madero, explicó que la participación de la institución responde a una obligación legal cuando el procedimiento penal involucra a niñas, niños o adolescentes, ya sea en calidad de víctimas o de personas imputadas.

«En todas las audiencias que implican niñas, niños o adolescentes, tenemos que estar presentes como representantes coadyuvantes», señaló el funcionaria al confirmar que la audiencia fue programada para las 15:00 horas tras la detención de la adolescente.

La funcionaria precisó que la Procuraduría no interviene en la integración de la carpeta de investigación ni en la determinación de responsabilidades penales, sino que su función consiste en vigilar que durante el procedimiento no se vulneren los derechos humanos de las personas menores de edad.

«Venimos a representar los derechos de la víctima y, en este caso, de la niña, para que no se le vulneren en toda la etapa procesal derivada del delito de feminicidio», afirmó.

De acuerdo con el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), la audiencia inicial constituye la primera comparecencia de la persona detenida ante un juez de control. En esta etapa, el Ministerio Público formula la imputación, expone los datos de prueba con los que sustenta la investigación y solicita la vinculación a proceso, mientras la defensa puede responder a la acusación o reservarse el derecho de hacerlo. Asimismo, la persona imputada puede solicitar que se resuelva de inmediato su situación jurídica o pedir la ampliación del plazo constitucional de 72 horas —o su extensión legal de hasta 144 horas— antes de que el juez determine si existen elementos suficientes para vincularla a proceso.

Cuervo Torres recordó que esa decisión corresponde exclusivamente a la defensa de la adolescente.

«El fiscal va a imputar los hechos y ella, a través de su defensa, va a declarar o se va a abstener. Tiene el derecho de pedir el término constitucional de 72 horas o que se resuelva en ese momento», explicó.

Mientras tanto, la adolescente permanece en calidad de detenida hasta que el juez determine su situación jurídica conforme al desarrollo de la audiencia.

Uno de los aspectos que el funcionaria buscó aclarar fue la circulación de versiones difundidas en redes sociales sobre la supuesta aparición de nuevos testigos menores de edad.

«Hasta el día de hoy no ha habido ninguno que se haya presentado en la Fiscalía; que yo sepa, solo son comentarios y declaraciones que se han llevado a cabo en redes sociales», sostuvo.

La declaración busca diferenciar la información incorporada formalmente a la carpeta de investigación de los señalamientos difundidos en plataformas digitales, los cuales carecen de valor probatorio mientras no sean presentados ante la autoridad ministerial conforme a los procedimientos legales.

La representante del DIF también informó que estableció comunicación con la familia de la víctima para garantizar su presencia durante la diligencia.

«Me comuniqué con la abuela para informarle que el día de hoy teníamos audiencia; no tenía conocimiento. Le pasé la ubicación y la sala también tiene que notificarles por tratarse de un procedimiento», explicó.

El Código Nacional de Procedimientos Penales establece que las víctimas u ofendidos tienen derecho a ser informados del desarrollo del proceso, participar en las audiencias, recibir asesoría jurídica y formular manifestaciones durante las distintas etapas del procedimiento penal. Paralelamente, la Constitución y el propio CNPP garantizan a toda persona imputada la presunción de inocencia, el derecho a una defensa adecuada, a guardar silencio y a un debido proceso.

Ante ello, Cuervo Torres subrayó que la actuación institucional debe mantenerse dentro de un marco de imparcialidad procesal.

«Nosotros vamos a escuchar la imputación y, en su momento, manifestaremos los derechos de los niños respecto a los hechos que escuchemos, porque apenas va iniciando esta etapa procesal», concluyó.

La audiencia determinará el rumbo inmediato del caso y si la Fiscalía cuenta con elementos suficientes para que la adolescente enfrente un proceso penal por el delito de feminicidio, mientras la investigación continúa bajo los principios de legalidad, debido proceso y protección integral de los derechos de las personas menores de edad.

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