Reforma busca garantizar atención inmediata a menores víctimas de delitos

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Por Redacción | NoticiasPC.com.mx |

Ciudad Altamira, Tamps.— Con el propósito de evitar retrasos en la protección de niñas, niños y adolescentes víctimas de delitos, la diputada federal de Morena, Blanca Araceli Narro Panameño, presentó una iniciativa para reformar el Código Nacional de Procedimientos Penales y permitir que cualquier Ministerio Público del país pueda intervenir de manera inmediata en casos urgentes, aun cuando los hechos se hayan cometido fuera de su jurisdicción territorial.

La propuesta plantea la incorporación del artículo 211 Bis al Código Nacional de Procedimientos Penales, con el objetivo de otorgar certeza jurídica a las actuaciones ministeriales encaminadas a salvaguardar la integridad de menores de edad que hayan sido víctimas de violencia física, psicológica o sexual.

De acuerdo con el proyecto legislativo, la medida busca garantizar que las autoridades puedan recibir denuncias, preservar pruebas, ordenar valoraciones médicas y psicológicas, así como implementar acciones urgentes de protección sin que los límites territoriales representen un obstáculo para la atención inmediata de las víctimas.

Actualmente, las reglas de competencia territorial establecidas en la legislación procesal penal determinan qué fiscalía debe conocer formalmente de una investigación. Sin embargo, en situaciones de emergencia, esta delimitación puede generar cuestionamientos sobre la validez de las diligencias practicadas por autoridades distintas a las competentes, lo que podría retrasar la atención de los menores afectados.

La iniciativa encuentra sustento en un criterio reciente emitido por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver el Amparo en Revisión 667/2023, relacionado con una investigación por presunto abuso sexual contra menores. En dicha resolución, el máximo tribunal estableció que las autoridades ministeriales tienen la obligación constitucional de recibir denuncias y recabar pruebas urgentes para proteger a las víctimas, independientemente del lugar donde se haya cometido el delito.

La legisladora sostiene que este criterio debe quedar expresamente incorporado en la ley para evitar interpretaciones contradictorias y garantizar una respuesta uniforme por parte de las fiscalías de todo el país.

La propuesta adquiere relevancia en un contexto marcado por la persistencia de la violencia contra niñas, niños y adolescentes en México. Datos incluidos en la exposición de motivos indican que el 31.6 por ciento de las adolescentes mexicanas de entre 15 y 19 años reportó haber sufrido algún tipo de violencia durante la niñez. De ese total, el 20.4 por ciento señaló haber sido víctima de violencia física, el 11.6 por ciento de violencia emocional y el 10.2 por ciento de violencia sexual.

Asimismo, el documento refiere que el 7.7 por ciento de las adolescentes encuestadas manifestó haber sufrido tocamientos sexuales durante la infancia, una cifra que refleja la dimensión de una problemática que continúa afectando a miles de menores en el país.

La exposición de motivos también señala que durante 2022 la tasa de violencia intrafamiliar alcanzó 31.5 casos por cada cien mil niñas de entre 10 y 14 años y 92.5 casos por cada cien mil adolescentes de entre 15 y 19 años. En ese mismo año se registraron 6 mil 188 muertes violentas de personas menores de 18 años, según estadísticas oficiales citadas en el proyecto.

En Tamaulipas, organismos especializados en protección infantil han insistido en la necesidad de fortalecer los mecanismos de denuncia, atención temprana y acompañamiento integral para menores víctimas de violencia familiar, abuso sexual y otros delitos, especialmente en zonas urbanas y municipios donde persisten elevados niveles de subregistro.

La iniciativa establece que las diligencias practicadas por el Ministerio Público con fines de protección inmediata no podrán ser invalidadas por razones de competencia territorial. Una vez realizadas las actuaciones urgentes, la carpeta de investigación sería remitida a la fiscalía que corresponda legalmente para continuar con el procedimiento.

Narro Panameño argumenta que la ausencia de una disposición específica genera incertidumbre jurídica tanto para las víctimas como para las instituciones encargadas de procurar justicia, situación que puede traducirse en obstáculos para el acceso efectivo a la justicia y aumentar los riesgos de revictimización.

De ser aprobada por el Congreso de la Unión, la reforma incorporaría de manera expresa al marco procesal penal el principio del interés superior de la niñez, fortaleciendo la obligación de las autoridades ministeriales de privilegiar la protección inmediata de los menores por encima de cualquier conflicto relacionado con la competencia territorial.

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