México armoniza reglas digitales de propiedad intelectual con estándares internacionales: Blanca Narro

La reforma establece condiciones de responsabilidad para intermediarios digitales por infracciones a derechos de autor y contempla multas de hasta 40 mil UMA en los supuestos previstos por la ley.

Por Redacción | NoticiasPC.com.mx |

CDMX.-  México avanza en la armonización de su legislación sobre propiedad intelectual con los estándares internacionales y los compromisos comerciales del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), mediante una reforma que precisa las condiciones bajo las cuales los proveedores de servicios de internet pueden ser responsables por infracciones a derechos de autor cometidas por sus usuarios.

La Cámara de Diputados discutió el pasado 7 de octubre un dictamen que reforma el artículo 114 Octies y adiciona los artículos 114 Nonies y 232 Septies de la Ley Federal del Derecho de Autor, con el propósito de establecer reglas para determinar la responsabilidad de los intermediarios digitales.

La diputada federal de Morena por el Distrito 6 de Tamaulipas, Blanca Araceli Narro Panameño, señaló que la actualización normativa busca adecuar el marco jurídico nacional a las exigencias internacionales en materia de comercio y protección de la propiedad intelectual.

“México necesita reglas claras y compatibles con sus compromisos comerciales. La protección de los derechos de autor es parte de los estándares que permiten competir, crear e intercambiar contenidos en un entorno digital global”, sostuvo la legisladora.

Entre las disposiciones planteadas, el dictamen establece que los proveedores de servicios digitales deberán contar con políticas para atender casos de usuarios reincidentes, incorporarlas en sus términos y condiciones y disponer de mecanismos de notificación para atender posibles infracciones.

La propuesta contempla que el incumplimiento de estas obligaciones, junto con determinados supuestos de participación, conocimiento, control o beneficio financiero directo, pueda derivar en responsabilidad legal, conforme a las condiciones previstas en la legislación.

Asimismo, se prevén sanciones económicas que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) podrá imponer en los casos establecidos por la ley, con multas de 500 a 40 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA). Cuando la conducta infractora persista, se contempla una sanción adicional de entre 100 y 500 UMA.

Narro Panameño afirmó que el objetivo es brindar certeza jurídica a los creadores y las empresas, sin convertir a los proveedores de internet en responsables automáticos de todos los contenidos que circulan en sus plataformas.

“Armonizar nuestra legislación con los compromisos internacionales no significa abrir la puerta a la censura ni responsabilizar automáticamente a las plataformas. Significa establecer condiciones precisas para proteger a quienes crean y, al mismo tiempo, preservar la libertad de expresión y el acceso legítimo a la información”, declaró.

El dictamen también hace referencia a instrumentos internacionales como el Convenio de Berna y el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), que establecen compromisos para la protección de obras literarias, artísticas, científicas y culturales.

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